Derecho

  1. Acciones frente a prácticas comerciales ilí...

    COP $ 53.000
    La presente colección de Acciones Civiles analiza, desde un punto de vista eminentemente práctico, todos los aspectos procesales de la acción, facilitando, además, el material necesario para su interposición: legislación, jurisprudencia, bibliografía, esquema procedimental y formularios habituales. La Ley 29/2009, de 30 de diciembre, ha modificado el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad, con el objeto de garantizar el interés privado y mercantil de los empresarios y profesionales que participan en el mercado y, en definitiva, mejorar la protección de los consumidores y usuarios. Dicha reforma, que ha supuesto una modificación sustancial de la Ley General de Publicidad y de la Ley de Competencia Desleal, otorga un tratamiento unitario a las acciones judiciales derivadas de la inobservancia de las reglas de la concurrencia en el mercado, así como las que regulan la publicidad. El legislador ha optado por una regulación homogénea, tanto de las acciones frente a la publicidad ilícita como de las derivadas de la competencia desleal, poniendo fin así a la artificiosa distinción que hasta ahora realizaban ambas normativas. Esta modificación pretende, además, reforzar la legislación protectora de los consumidores y usuarios, introduciendo la tipificación de conductas comerciales y desleales con respecto a aquellos. El legislador adopta el contenido de la normativa europea, nacida con el propósito de que la legislación protectora de los consumidores se integre de manera coherente dentro de la regulación del mercado, concretando acciones dirigidas a garantizar la tutela de los intereses de los consumidores.La Ley 29/2009, de 30 de diciembre, ha modificado el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad, con el objeto de garantizar el interés privado y mercantil de los empresarios y profesionales que participan en el mercado y, en definitiva, mejorar la protección de los consumidores y usuarios. Dicha reforma, que ha supuesto una modificación sustancial de la Ley General de Publicidad y de la Ley de Competencia Desleal, otorga un tratamiento unitario a las acciones judiciales derivadas de la inobservancia de las reglas de la concurrencia en el mercado, así como las que regulan la publicidad. El legislador ha optado por una regulación homogénea, tanto de las acciones frente a la publicidad ilícita como de las derivadas de la competencia desleal, poniendo fin así a la artificiosa distinción que hasta ahora realizaban ambas normativas. Esta modificación pretende, además, reforzar la legislación protectora de los consumidores y usuarios, introduciendo la tipificación de conductas comerciales y desleales con respecto a aquellos. El legislador adopta el contenido de la normativa europea, nacida con el propósito de que la legislación protectora de los consumidores se integre de manera coherente dentro de la regulación del mercado, concretando acciones dirigidas a garantizar la tutela de los intereses de los consumidores. Dicha reforma, que ha supuesto una modificación sustancial de la Ley General de Publicidad y de la Ley de Competencia Desleal, otorga un tratamiento unitario a las acciones judiciales derivadas de la inobservancia de las reglas de la concurrencia en el mercado, así como las que regulan la publicidad. El legislador ha optado por una regulación homogénea, tanto de las acciones frente a la publicidad ilícita como de las derivadas de la competencia desleal, poniendo fin así a la artificiosa distinción que hasta ahora realizaban ambas normativas. Esta modificación pretende, además, reforzar la legislación protectora de los consumidores y usuarios, introduciendo la tipificación de conductas comerciales y desleales con respecto a aquellos. El legislador adopta el contenido de la normativa europea, nacida con el propósito de que la legislación protectora de los consumidores se integre de manera coherente dentro de la regulación del mercado, concretando acciones dirigidas a garantizar la tutela de los intereses de los consumidores.El legislador ha optado por una regulación homogénea, tanto de las acciones frente a la publicidad ilícita como de las derivadas de la competencia desleal, poniendo fin así a la artificiosa distinción que hasta ahora realizaban ambas normativas. Esta modificación pretende, además, reforzar la legislación protectora de los consumidores y usuarios, introduciendo la tipificación de conductas comerciales y desleales con respecto a aquellos. El legislador adopta el contenido de la normativa europea, nacida con el propósito de que la legislación protectora de los consumidores se integre de manera coherente dentro de la regulación del mercado, concretando acciones dirigidas a garantizar la tutela de los intereses de los consumidores. Más información
  2. Derecho a la vida ¿Hacia una muerte digna?

    COP $ 116.000
    Eutanasia, cuidados paliativos, testamento vital, autonomía del paciente, derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, son cuestiones que configuran el marco argumental que delimita la aproximación realizada por el autor a una cuestión tan controvertida, en las sociedades modernas, como es el del derecho a la vida y, en su caso, a una muerte digna.Resulta inevitable la confluencia del Derecho junto a la Ciencia, la Moral, la Ética, la Deontología y la Religión, a la par que la necesaria armonización de cualesquiera valores que de ellas provengan. En este sentido, el Derecho está obligado a la juridificación de cualesquiera criterios éticos o científicos. Dicha reflexión es realizada por el autor sobre la base de la reciente Ley andaluza 2/2010, de 8 de abril, sobre Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte.Resulta inevitable la confluencia del Derecho junto a la Ciencia, la Moral, la Ética, la Deontología y la Religión, a la par que la necesaria armonización de cualesquiera valores que de ellas provengan. En este sentido, el Derecho está obligado a la juridificación de cualesquiera criterios éticos o científicos. Dicha reflexión es realizada por el autor sobre la base de la reciente Ley andaluza 2/2010, de 8 de abril, sobre Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte. Más información
  3. La sombra

    COP $ 50.000
    El protagonista de esta novela en la que el autor se adentra por primera vez en el terreno de lo fantástico es el doctor Anselmo, un personaje extravagante. El narrador del relato está asombrado con el laboratorio del doctor Anselmo cuando tiene el honor de visitarlo, pero también tiene que confesar que, mezclado al asombro, siente cierto terror. Se consuela con el hecho de que el hombre frente a él es de las personas más afables e inofensivas que jamás ha conocido, fuera de toda sospecha en cuanto a cualquier acusación de nigromancia o de profesar las endiabladas artes de la antigüedado al menos eso piensa. Irónica, misteriosa, original y aun hilarante en ocasiones, esta novela es un ejemplo del genio y la imaginación del gran autor español Benito Pérez Galdós.Se consuela con el hecho de que el hombre frente a él es de las personas más afables e inofensivas que jamás ha conocido, fuera de toda sospecha en cuanto a cualquier acusación de nigromancia o de profesar las endiabladas artes de la antigüedado al menos eso piensa. Irónica, misteriosa, original y aun hilarante en ocasiones, esta novela es un ejemplo del genio y la imaginación del gran autor español Benito Pérez Galdós. Más información
  4. Expulsión, devolución y retorno de extranje...

    COP $ 53.000
    La presente Serie Administrativa analiza, desde un punto de vista eminentemente práctico, todos los aspectos procesales de la acción, facilitando, además, el material necesario para su interposición: legislación, jurisprudencia, bibliografía, esquema procedimental y formularios habituales. La complejidad jurídica inherente a lo que se ha dado en llamar Derecho de extranjería, se manifiesta también en la profusión de reformas legislativas y reglamentarias operadas en nuestro ordenamiento. Como reciente expresión de este continuo proceso de renovación, ha visto la luz el nuevo reglamento de extranjería (Real Decreto 557/2011, de 20 de abril). Más información